El Ayuntamiento de Sitges impulsa ayudas para la consolidación y el fomento de nuevas empresas

La Concejalía de Promoción Económica destina 100.00 euros a la ayuda, que se puede solicitar en sitges.cat del 5 al 26 de octubre.

Nuevas ayudas económicos extraordinarios para consolidar y fomentar la creación de nuevas empresas por parte de personas autónomas

El Ayuntamiento de Sitges convoca nuevas ayudas económicos extraordinarios para consolidar y fomentar la creación de nuevas empresas por parte de personas autónomas dadas de alta en el RETA.

La concejalía de Promoción Económica aporta 100.000 euros a esta ayuda con la que se quiere incentivar el autoempleo y la creación de empresas, dando apoyo a las personas que desarrollen su actividad profesional en el municipio de Sitges.

El plazo para presentar la solicitud telemática a sitges.cat es del 5 al 26 de octubre.

 

La ayuda se divide en dos líneas diferenciadas:

1.- Primera línea para empresas creadas entre el 16 de octubre de 2020 y el 30 de abril de 2021, a la que se destinan 70.000 euros.

2.- Segunda línea, con partida de 30.000 euros, para las empresas creadas entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre de 2021.

En caso de que la dotación de la primera línea no se agote, el remanente se se incrementará en la segunda línea.

El concejal de Promoción Económica, Guillem Escolà, remarca que «ante la situación de crisis generada por la Covid-19, una de las apuestas de la concejalía y el Gobierno es ayudar y potenciar la economía local, con una mayor diversificación y dando salida personas en situación de desempleo potenciando el autoempleo. Esta ayuda se dirige a todos estos emprendedores, que a pesar de los momentos duros, se arriesgan y abren negocios. Los queremos ayudamos a sufragar parte de los gastos en esta fase inicial, cuando aún no están consolidados sus nuevos negocios «.

El importe de la subvención será como máximo el 80% de la factura presentada con un importe máximo de 4.000 €.

Los gastos subvencionables son aquellos estrictamente necesarios para la puesta en marcha del negocio como, por ejemplo, las derivadas de la constitución de la empresa, reformas del local, inversión inicial en tecnología, fianza, seguros, o registro de marcas y patentes.

Los requisitos generales y específicos se pueden consultar en las Bases.

Más información en nivell10@sitges.cat.